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Tecnología Geoespacial

Regulación de drones en México 2025: guía completa AFAC

01 May 2026·Tecnología Geoespacial·Aviation Systems

Operar drones profesionalmente en México requiere cumplir con la normativa de la Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC). Ya sea para fotogrametría, inspección de infraestructura o vigilancia, conocer el marco regulatorio es fundamental para operar legalmente y evitar sanciones.

¿Quién regula los drones en México?

La AFAC, dependiente de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), es la autoridad competente para regular los Sistemas de Aeronaves Pilotadas a Distancia (RPAS) en México. La normativa principal se encuentra en la Circular Obligatoria CO AV-23/10 R3 y sus modificaciones posteriores.

Clasificación de drones según la AFAC

La AFAC clasifica los RPAS en tres categorías según su peso máximo de despegue (MTOW):

  • Micro: menos de 2 kg — uso recreativo con restricciones básicas
  • Pequeño: 2 a 25 kg — requiere registro y operador certificado
  • Grande: más de 25 kg — requiere certificado de aeronavegabilidad

La gran mayoría de los drones profesionales para fotogrametría e inspección (DJI Matrice, Phantom, Mavic Pro) caen en la categoría Pequeño.

Requisitos para operar drones comercialmente en México

1. Registro del RPAS

Todo drone de uso comercial debe estar registrado ante la AFAC. El proceso se realiza en línea a través del portal SIIAU de la SICT. Se requiere:

  • Número de serie del drone
  • Datos del propietario (persona física o moral)
  • Especificaciones técnicas del equipo
  • Pago de derechos correspondiente

2. Certificación del piloto remoto

El operador del drone debe contar con una Licencia de Piloto Remoto expedida por la AFAC. Para obtenerla se requiere:

  • Ser mayor de 18 años
  • Examen médico aeronáutico Clase III
  • Examen teórico de conocimientos aeronáuticos
  • Demostración de habilidades prácticas

3. Póliza de seguro de responsabilidad civil

Obligatoria para operaciones comerciales. Debe cubrir daños a terceros y bienes de terceros durante la operación del RPAS.

4. Plan de vuelo y autorizaciones especiales

Para vuelos en zonas controladas o con restricciones especiales se requiere presentar un Plan de Vuelo ante la AFAC y obtener autorización previa. Las zonas que requieren autorización incluyen:

  • Zonas a menos de 9 km de aeropuertos y aeródromos
  • Espacio aéreo controlado
  • Instalaciones militares o gubernamentales
  • Zonas urbanas de alta densidad
  • Instalaciones críticas (plantas de energía, refinerías)

Restricciones operativas generales

  • Altura máxima: 120 metros sobre el nivel del suelo (sin autorización especial)
  • Visibilidad: vuelo dentro de línea de visión visual directa (VLOS)
  • Horario: solo en condiciones de visibilidad meteorológica mínima
  • Distancia de personas: mínimo 30 metros de personas no involucradas en la operación
  • Vuelo nocturno: requiere autorización expresa de la AFAC

Sanciones por incumplimiento

Operar un drone sin los permisos correspondientes puede resultar en multas de hasta $1,000,000 MXN, decomiso del equipo y responsabilidad civil por daños causados. En casos graves, puede implicar responsabilidad penal.

Actualizaciones 2025

La AFAC continúa actualizando su marco regulatorio para incorporar nuevas tecnologías como los vuelos BVLOS (Beyond Visual Line of Sight), operaciones autónomas y operaciones en zonas urbanas. Se espera que en 2025-2026 se publiquen nuevas circulares que faciliten operaciones más avanzadas bajo un esquema de certificación por tipo de operación.

Aviation Systems: operaciones 100% reguladas

En Aviation Systems todos nuestros pilotos cuentan con Licencia de Piloto Remoto vigente expedida por la AFAC, nuestros drones están debidamente registrados y contamos con seguro de responsabilidad civil para cada proyecto. Manejamos los trámites de autorización ante la AFAC en zonas restringidas como plantas industriales, refinerías y zonas cercanas a aeropuertos.